Budget y Payless

Servicios

Dentro de los productos y/o paquetes que el Prestador de Servicio gestionará en favor del Cliente, se encuentran de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes:

Servicios de asistencia Funeraria

El Prestador de Servicio prestará los Servicios, sujeto a los alcances y limitaciones que se describen a continuación:

Asistencia de Expatriación y Traslado de Cuerpo

Cubre la búsqueda y levantamiento del cuerpo en el lugar de fallecimiento, trámites de certificados y permisos para traslado al igual que la tanatopraxia necesaria para este junto con la tesis de embalsamiento, gestiones legales con consulados, embajadas y aduanas, embalaje y cofre especial, en su caso, cremación y embalaje de la urna, traslado aéreo y/o terrestre del cuerpo o cenizas al lugar de destino, inspección aeroportuaria y confirmación de recepción.

Limitaciones

Este servicio es válido únicamente durante la vigencia de la renta del vehículo, hasta $20,000 MXN por persona.

Exclusiones

Quedan excluidas las muertes causadas por suicidio o accidentes causados por exceso de velocidad, consumo de estupefacientes y/o alcohol, así como las muertes causadas como consecuencia de la participación y/o comisión de actos delictivos.

Servicios asistenciales

El Prestador de Servicio prestará los Servicios, sujeto a los alcances y limitaciones que se describen a continuación:

Glosario de Términos
      Definiciones

  1. Usuario: toda persona que tenga acceso a los servicios descritos en estas condiciones generales.
  2. Servicios: la administración, gestión y supervisión de las actividades en los términos de estas condiciones generales.
  3. Coordinador: persona que forma parte de la Cabina de Atención Telefónica (CAT).
  4. Situación de asistencia: todo accidente o enfermedad de un Usuario y/o beneficiario ocurridos en los términos y con las limitaciones establecidas en estas condiciones generales, así como las demás situaciones descritas que dan derecho a la prestación de los servicios.
  5. Enfermedad: cualquier alteración en la salud del Usuario y/o beneficiario que suceda, se origine o se manifieste durante la vigencia del presente contrato.
  6. Enfermedad grave: se define como la aparición súbita e inesperada de manifestaciones con o sin pérdida de la conciencia cuya gravedad da la impresión de muerte inminente.
  7. Urgencia: se considera urgencia a toda situación que, en opinión del paciente, su familia o quien quiera que tome la decisión, requiera una atención médica inmediata.
  8. Emergencia: definida como una lesión o enfermedad que plantean una amenaza inmediata para la vida de una persona y cuya asistencia no puede ser demorada.
  9. Referencias médicas con descuento: todo aquella información o dato proporcionado a Usuario y/o beneficiario de la red de proveedores médicos con descuento o costo preferencial.
  10. Especialistas: persona que práctica una rama determinada de una ciencia.
  11. Cabina de Atención Telefónica: espacio físico en donde los coordinadores atienden los servicios de asistencia.

Territorialidad

Los Servicios se proporcionan en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos.

Personas que prestan los servicios

Las personas que prestan el servicio son, contratistas independientes del Prestador de Servicio por lo que no obstante, que es responsable por la prestación de los servicios de acuerdo con lo estipulado en las presentes condiciones generales, no será en ningún caso responsable por las opiniones y conclusiones que otorguen tales personas.

Vigencia

El programa tiene una vigencia por día.

Servicios

1. Servicios médicos

Cubre los gastos por concepto de servicios médicos derivados de un accidente o enfermedad repentina que deba ser atendida de manera urgente y requiera la hospitalización del usuario por medio de reembolso.

Para esta Cobertura no aplica Periodo de Espera.

La Edad mínima de aceptación es de 1 (día) y la edad máxima para la cobertura es hasta el cumplimiento de los 65 años.

Limitaciones

Este servicio está limitado a 1 (un) evento durante la vigencia de la renta del vehículo, hasta $20,000 MXN por persona.

Exclusiones

  1. Fraude, dolo o mala fe del asegurado, de sus familiares o de quien represente sus intereses;
  2. Todos los gastos de prótesis, órtesis, aparatos ortopédicos, lentes de contacto, aparatos auditivos y dentadura;
  3. Cirugía plástica, cirugía cosmética, salvo una cirugía reconstructiva que se requiera por accidente;
  4. Revisiones de salud periódicas;
  5. Gastos médicos y de hospitalización realizados fuera de la vigencia de la renta del vehículo;
  6. Cualquier gasto otorgado en el extranjero;
  7. Pago de servicios que no se describan en la definición de gastos médicos, cualquier gasto adicional a un cuarto privado o sencillo de hospital;
  8. Cualquier gasto médico relacionado a enfermedades mentales y padecimientos previos a la renta del vehículo;
  9. Cualquier reclamación derivada de intento de suicidio;
  10. Todos los gastos por procedimientos experimentales, electivos o de investigación;
  11. Cualquier tratamiento o medicación de cualquier tipo que el Usuario reciba después del final de la renta del vehículo;
  12. Cualquier gasto derivado de exámenes físicos de rutina (check up);
  13. Aborto, salvo que sea consecuencia de un Accidente cubierto.
  14. Accidentes que ocurran mientras el Asegurado realizaba o practicaba actividades deportivas riesgosas, extremas o radicales incluyendo: inmersión submarina, montañismo, vuelo delta, paracaidismo, charrería, esquí, tauromaquia, box, lucha libre y grecorromana, rafting, bungee, rappel, jet-ski; carreras de caballos, automóviles o embarcaciones, o la práctica de un deporte calificado como deporte extremo o radical, salvo que esta exclusión se elimine vía Endoso.
  15. Consumo de complementos y/o suplementos vitamínicos y alimenticios, así como cualquier fórmula alimenticia infantil, aún por prescripción médica en Accidentes cubiertos, cualquiera que sea su causa.
  16. Cualquier padecimiento o intervención quirúrgica que no sea a consecuencia directa de lesiones provocadas por un Accidente cubierto.
  17. Enfermedad corporal o mental, salvo que sea consecuencia de un Accidente cubierto.
  18. Envenenamiento de cualquier origen y/o naturaleza, excepto cuando se demuestre que fue accidental.
  19. Gastos realizados por acompañantes del Asegurado durante su Hospitalización, salvo el gasto de cama extra para un acompañante.
  20. Honorarios médicos cuando el médico tratante sea familiar directo del Asegurado.
  21. Infecciones, con excepción de las que resulten de una lesión accidental.
  22. Inhalación de gases o humo a menos que se demuestre que fue accidental.
  23. Lesiones auto-inflingidas, aun cuando sean cometidas en estado de enajenación mental.
  24. Lesiones ocasionadas directamente por el Asegurado, con participación intencional por parte de él, incluyendo intento de suicidio, aun cuando se cometan en estado de enajenación mental.
  25. Lesiones originadas por la participación intencional del Asegurado en actos delictivos.
  26. Lesiones que sufra el Asegurado a consecuencia de prestar servicio militar o de participar en actos de guerra (declarada o no), insurrección, revolución o rebelión.
  27. Lesiones que sufra el Asegurado al viajar como pasajero, piloto, mecánico, o miembro de la tripulación, en naves aéreas o marítimas que no pertenezcan a una línea comercial legalmente autorizada para el transporte regular de pasajeros.
  28. Lesiones sufridas estando bajo el efecto de enervantes, estimulantes o similares, excepto si fueron prescritos por un Médico y estén relacionados con algún padecimiento del Asegurado. Se excluye la sobredosis intencional.
  29. Lesiones sufridas por el Asegurado al participar en alborotos populares.
  30. Lesiones sufridas por el Asegurado al participar en pruebas o contiendas de seguridad, resistencia o velocidad, en vehículos de cualquier tipo.
  31. Lesiones sufridas por el Asegurado al viajar en motonetas u otros vehículos similares de motor, ya sea como conductor o acompañante, salvo que se encuentre realizando actividades de trabajo o esta exclusión se elimine o modifique vía Endoso.
  32. Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), el complejo sintomático relacionado con el SIDA (CRS), y todas las enfermedades causadas por y/o relacionadas al virus VIH positivo.
  33. Tratamiento médico del Asegurado por padecimientos resultantes a consecuencia de un Accidente ocurrido en estado de ebriedad, o si el contenido alcohólico de la sangre es superior a los niveles permitidos en base a la determinación de la autoridad respectiva.
  34. Tratamiento médico del Asegurado por padecimientos resultantes de radiaciones atómicas, nucleares, químicas, biológicas y/o derivados de éstas.
  35. No se encuentran cubiertos los siguientes gastos:
  36. Anteojos, lentes de contacto y aparatos auditivos.
  37. El costo de servicios proporcionados por homeópatas y naturistas.
  38. El costo por reposición de aparatos ortopédicos y de prótesis.
  39. Donativos a Instituciones que proporcionen servicios médicos.
  40. Los costos que correspondan al donador de órganos, aun cuando el Asegurado pague dichos costos.
  41. Tratamientos dietéticos, médicos y/o quirúrgicos por obesidad, anorexia o bulimia, así como sus complicaciones.
  42. Tratamientos o lesiones que se produzcan como consecuencia directa de Padecimientos Preexistentes, así como sus consecuencias y complicaciones.
  43. Tratamientos médicos y/o quirúrgicos, ya sean dentales, gingivales y alveolares, salvo aquellos que sean indispensables como consecuencia de un Accidente cubierto.
  44. Tratamientos médicos y/o quirúrgicos que resulten de alcoholismo o toxicomanía.
  45. Tratamientos o intervenciones quirúrgicas de carácter estético, salvo aquellas que sean indispensables como consecuencia de un Accidente cubierto.
  46. Tratamientos originados por trastornos de la conducta y el aprendizaje, así como, por enajenación mental, estados de depresión psíquica o nerviosa, histeria, neurosis, psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones clínicas; así como cualquier tratamiento psíquico, psiquiátrico o psicológico, independientemente de la causa que los origine.
  47. Tratamientos quiroprácticos o de acupuntura.

Comprobación

  1. Para hacer efectivo el pago de la indemnización por esta cobertura, se deberá presentar, además de la documentación señalada por el Prestador de Servicio, la siguiente información:
  2. Constancia o informe del Médico que acredite las lesiones y tratamiento como consecuencia del Accidente cubierto, así como las fechas en que ocurrió el Accidente y la fecha de la primera atención al paciente.
  3. Estudios realizados y que demuestren la (s) lesiones sufridas por el Usuario.
  4. Facturas y recibos fiscales de los servicios médicos recibidos, dichas facturas deberán estar a nombre del Asegurado, además deberán contener el desglose correspondiente de gastos.

Exclusiones

    1. Cuando el usuario no cuente con acceso a internet o no desee conectarse en video.
    2. Cuando el usuario no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita llevar a cabo un interrogatorio adecuado.
    3. Cuando el usuario se encuentre bajo el efecto de bebidas alcohólicas, intoxicación por sustancias relacionadas con farmacodependencia, y su llamada se torne agresiva, ofensiva o inapropiada.
    4. El equipo médico de “EL PRESTADOR” no emite diagnósticos definitivos, no da tratamientos y no cambia tratamientos.

El Usuario podrá solicitar apoyo telefónico las 24 horas, los 365 días del año y el equipo médico de gestionado y administrado por el Prestador de Servicio, le orientará acerca de las medidas a seguir según el caso sin emitir un diagnóstico o tratamiento médico definitivo. A solicitud del Usuario, el Prestador de Servicio proporcionará la información correspondiente a las sustancias contenidas en medicinas de patentes, así como todo lo relacionado con la información que se encuentre disponible en el vademécum.

Limitaciones:

Este servicio se brindará sin costo adicional y sin límite de eventos durante la vigencia del programa.

Exclusiones:

  1. Cuando el Usuario no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita llevar a cabo un interrogatorio adecuado.
  2. Cuando el Usuario se encuentre bajo el efecto de bebidas alcohólicas, intoxicación por sustancias relacionadas con farmacodependencia, y su llamada se torne agresiva y ofensiva.
  3. Cuando el Usuario haga uso de palabras altisonantes cabe mencionar que el equipo médico gestionado y administrador por el Prestador de Servicio no receta, no brinda diagnósticos, ni cambia tratamientos médicos.

El equipo médico gestionado y administrador por el Prestador de Servicio proporcionará el servicio y brindará orientación al Usuario que lo requiera de manera ilimitada las 24 (veinticuatro) horas del día, mediante un médico general titulado a través de videoconferencia. El médico brindará la atención de forma personalizada, iniciando el interrogatorio correspondiente y visualización básica del paciente, sin proporcionar diagnóstico definitivo o tratamiento farmacológico, exclusivamente se brindarán recomendaciones generales o sintomáticos básicos.

Limitaciones:

Este servicio se brindará sin costo adicional y sin límite de eventos durante la vigencia del programa.

Exclusiones:

  1. Cuando el Usuario no cuente con acceso a internet o no desee conectarse en video.
  2. Cuando el Usuario no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita llevar a cabo un interrogatorio adecuado.
  3. Cuando el Usuario se encuentre bajo el efecto de bebidas alcohólicas, intoxicación por sustancias relacionadas con farmacodependencia, y su llamada se torne agresiva, ofensiva o inapropiada.
  4. El equipo médico gestionado y administrado por el Prestador de Servicio no emite diagnósticos definitivos, no da tratamientos y no cambia tratamientos.

El Prestador de Servicio proporcionará al Usuario, referencias médicas de médicos general, ginecología, pediatra, internista, oftalmología, traumatología y otorrino, clínicas, hospitales, información sobre planificación familiar, educación sexual, vacunación e información sobre medicamentos y efectos secundarios.

Todos los gastos que se originen serán a cargo del Usuario y el Prestador de Servicio no tendrá ninguna responsabilidad con respecto al servicio recibido por parte de las compañías referidas. Estos servicios son sujetos a la disponibilidad de la red médica gestionada y administrada por el Prestador de Servicio en las principales ciudades y localidades de la república mexicana.

Limitaciones:

Este servicio se brindará sin costo adicional y sin límite de eventos durante la vigencia del programa.

Exclusiones:

El Prestador de Servicio no puede garantizar al Usuario prestarle el servicio que requiere en alguna de las siguientes situaciones:

  1. No se garantizan tarifas o descuentos distintos al ofertado al público.
  2. No se garantiza el acceso a establecimientos fuera de horarios laborales, ni cuando el producto o servicio no se encuentre disponible.
  3. No se prestan servicios en circunstancias que no sean legales o éticos.
  4. El Prestador de Servicio no se hace responsable de cualquier incumplimiento o falta que cometa el proveedor contactado o establecimiento referenciado, o del/ los servicios y/o productos vendidos por estos.
  5. El Prestador de Servicio no se hace responsable por información brindada y que por alguna circunstancia difiera de la realidad, siempre y cuando exista una fuente confiable de donde haya sido obtenida dicha información (ej. errores publicitarios o de promociones).
  6. El Prestador de Servicio no está obligado a saber información de calles o información muy focalizada de un lugar, pero si lo investigará.

2. Servicios de viaje

En caso de que el Usuario pierda su vuelo o se vea obligado a interrumpir su viaje, el Prestador de Servicio gestionará el regreso al lugar de residencia del usuario; será necesario verificar que el medio de traslado, línea transportista y /o prestador de servicios inicialmente programado no puede ser utilizado.

El servicio procederá cuando el usuario está de viaje y debe interrumpir el mismo por los siguientes motivos:

  • Pérdida de vuelo a causa de falla o accidente del vehículo rentado (se deberá presentar reporte del siniestro por parte de la arrendadora)
  • Accidente personal u Hospitalización (cuando su condición de salud no le permitiere tomar el vuelo, deberá presentar prescripción médica por parte del seguro de la asistencia)

Será indispensable que el usuario se ponga en contacto con la asistencia en el momento que requiera el servicio para recibir la orientación correspondiente, a falta de dichas notificaciones, el Prestador del Servicio considerará al beneficiario como responsable de los costos y gastos incurridos.

El Usuario deberá demostrar el itinerario de viaje y que tenía un vuelo comprado previamente, el destino deberá ser el mismo que el vuelo perdido.

Servicio sujeto a disponibilidad, términos y condiciones de los proveedores.

Limitaciones:

Este servicio está limitado a 1 (un) evento durante la vigencia del programa, viaje sencillo en clase económica.

Exclusiones:

  1. No aplica reembolso.
  2. Quedan excluidos los vuelos cancelados directamente por la aerolínea.
  3. b) Cuando el titular y/o beneficiario no proporcione información veraz y oportuna que nos permita prestar debidamente la asistencia.
  4. c) Cuando por una acción intencional del beneficiario resulte la comisión de un delito.
  5. La participación del beneficiario en cualquier clase de carrera, competición o exhibición (automóviles, caballos, bicicleta).
  6. También quedan excluidas las situaciones que sean consecuencia directa o indirecta de:
    1. huelgas, guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, terrorismo, pronunciamientos, manifestaciones, movimientos populares, radioactividad o cualquier otra causa de fuerza mayor.
    2. Autolesiones o participación del beneficiario en actos delictivos intencionales.